Así será la fase 2 de la
desescalada en Euskadi
EITB.EUS 23-05-2020 13:21Desaparecen las franjas horarias salvo para los mayores de 70, se podrá consumir en el interior de bares y restaurantes hasta el 50 % de aforo, y se permiten reuniones sociales de hasta 15 personas.
La consejera de Desarrollo Económico del Gobierno Vasco Arantxa Tapia ha avanzado las
principales medidas que regirán en Euskadi, a expensas de que se mantenga la favorable
evolución de la pandemia en Euskadi, desde el lunes 25 de mayo hasta el 7 de junio:
Movilidad y Franjas horarias
Conforme al criterio ya expuesto por parte del Lehendakari en la Conferencia de Presidentes del
pasado domingo, a partir del lunes, 25 de mayo, se eliminarán las franjas horarias actuales
para la movilidad que será ilimitada por nuestras calles en el ámbito del territorio
histórico donde se reside.
Respecto a la actividad deportiva, podremos realizar actividad física en cualquier franja
horaria, a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00
horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y personas vulnerables.
Movilidad territorial (se mantienen las condiciones)
La movilidad de las personas se mantiene ilimitada en el ámbito de cada territorio histórico.
Asimismo, la movilidad entre territorios históricos sigue siendo también ilimitada para las
visitas a familiares mayores, por razones socio económicas y motivos laborales, si bien, sigue
manteniéndose la limitación de movilidad entre territorios por razones de ocio.
Reuniones de hasta 15 personas en casas o espacios cerrados
Se permitirán los encuentros/reuniones de hasta 15 personas (en familia o grupo de amigos/as)
en viviendas, locales privados y en espacios abiertos de uso público.
En el caso de que estos encuentros se produzcan, deberán realizarse en las condiciones de
distancias y prevención recomendadas por las autoridades sanitarias.
Hostelería, restauración y comercio
A partir de este lunes, 25 de mayo, se reanudará la actividad de los establecimientos de
hostelería en su espacio interior y se continuará con la actividad de las terrazas, en ambos
casos con un aforo máximo del 50 % y con garantía de distancia de 2 metros entre mesas o
agrupación de mesas. Las personas atendidas en los establecimientos deberán estar siempre
sentadas.
Se reanudará la actividad y apertura de los centros comerciales mayores de 400 metros y se
continuará con la actividad comercial de proximidad con un aforo máximo permitido del 40%.
Sociedades gastronómicas y txokos
Se permitirá la apertura de sociedades gastronómicas y txokos, con un aforo del 50%, y con
garantía de distancia de 2 metros entre mesas o agrupación de mesas una actividad que deberá
mantener las pautas de higiene y desinfección establecidas para la hostelería.
Actividades culturales y de ocio
Se reestablecerá la actividad cultural y de ocio en espacios cerrados, Con un aforo del 50% en
museos y con un aforo de un tercio en centros culturales, teatros y cines con un límite de 50
personas.
En espacios abiertos, el aforo máximo será de un tercio de la capacidad del recinto y con un
límite máximo de 400 personas, con el público sentado y garantizando siempre las distancias y
el resto de medidas de seguridad.
Turismo activo y naturaleza
El turismo activo y de naturaleza, senderismo y similares se podrá realizar libremente, en grupos
máximos de 20 personas.
Educación
Este lunes entrará en vigor la Orden de 23 de mayo de 2020, de la Consejera de Educación, por
la que se regula la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no
universitario y de formación, y la realización de exámenes y pruebas de acceso a determinadas
enseñanzas.
Así, se reanuda, a partir del 25 de mayo, de la actividad docente y educativa presencial en los
centros en los que se imparte 4º de la Educación Secundaria Obligatoria, o su equivalente en la
Educación de Personas Adultas, primero y segundo de Bachillerato y primero y segundo de
Formación Profesional en todos los grados, así como para la realización de exámenes.
Asimismo, se dispone la reincorporación, durante la primera semana del mes de junio, del
personal docente y no docente del resto de los ciclos y niveles, para la realización de la
actividad educativa en los centros escolares.
Se regula, asimismo, la reanudación de:
- Las Enseñanzas de Régimen Especial (artísticas, deportivas, de idiomas)
- Las pruebas libres para la obtención de títulos de ESO, Bachiller y FP
- La actividad formativa presencial de Formación Profesional para el empleo, así como los
módulos de prácticas no laborales.
- La actividad presencial en las Unidades Terapéuticas y Centros de Educación Especial
- La actividad educativa y de formación presencial en euskaltegis, academias, escuelas y centros
de formación y similares, tanto públicos como privados, en los ámbitos, entre otros, de idiomas,
artísticos, y deportivos.
- La convocatoria, organización y celebración de exámenes oficiales (por ejemplo, HABE)
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